Wednesday, July 1, 2015

P. de la C. 2554 permitiría a individuos renegociar deudas

El representante Carlos J. Vargas Ferrer presentó el Proyecto de la Cámara 2554 para enmendar el Código Civil de Puerto Rico, a los fines de incorporar expresamente la doctrina de modificación o resolución contractual por imposibilidad sobrevenida y cambio sustancial de las circunstancias, conocida como rebus sic stantibus, dentro del ordenamiento legal del País.

“Esta medida propone darle una herramienta importante al ciudadano común que se encuentra en una situación económica difícil. Con la misma se podrá ubicar en una mejor posición a la hora de negociar con las entidades financieras respecto sus deudas, como lo sería en el caso de una hipoteca,” puntualizó el legislador. 

El proyecto establece que los contratos se cumplirán a tenor con lo que fue pactado, salvo en el caso de que las circunstancias que sirvieron como base al contrato hubieren cambiado de forma extraordinaria e imprevisible durante su ejecución, de manera que se vuelva extremadamente oneroso para una de las partes el cumplimiento específico de lo pactado o se haya frustrado el fin del contrato.  En cuyo caso, la parte afectada por el cambio sustancial de las circunstancias podrá solicitar la revisión del contrato por parte de los Tribunales. 

“Las personas, que de forma imprevisible, que hayan sufrido un cambio sustancial en las circunstancias bases de un acuerdo contractual y se vean imposibilitadas de cumplir podrán solicitar la revisión de este. Y si esta no es posible se podrá, inclusive, solicitar la resolución del mismo. En la coyuntura económica en que se encuentra el País, no podemos abandonar a nuestra ciudadanía en estos momentos tan difíciles. En palabras sencillas, si el Gobierno puede renegociar su deuda, las personas también podrán hacerlo.” concluyó Vargas Ferrer.

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