Monday, March 14, 2016

Medida requeriría orientaciones de "teleconsulta" ofrecidas por médicos

La Comisión de Salud de la Cámara, presidida por la representante Lydia Méndez Silva, inició vistas públicas en torno al Proyecto de la Cámara 2308 que requeriría a doctores en medicina ser quienes provean asesoramiento a pacientes que llamen a un servicio de “teleconsulta” en busca de orientación.

La medida es de la autoría del representante Carlos López Hernández.

El director de la División de Tabaco del Departamento de Salud, Antonio Cases, sostuvo que disponer que sea un médico que atienda y brinde el asesoramiento directo resultaría oneroso. Por lo que recomendó, como alternativa, que cada aseguradora y organización de servicio de salud que opte por tener un programa de orientación telefónica, cuente con al menos un médico de turno licenciado para ejercer en Puerto Rico, a quien puedan consultar los enfermeros o enfermeras y a quien puedan referir los casos que muestren cierto cuadro.

La representante Méndez Silva enfatizó que debe haber una garantía para que realmente sea un profesional de la salud el que tome la llamada para ofrecer una orientación y hacer recomendaciones. Sostuvo que el punto neurálgico sería ese.

La directora ejecutiva de la Asociación de Compañías de Seguros, licenciada Iraelia Pernas, indicó que nada puede sustituir el tener al paciente en frente al momento de consultarlo y que la llamada es voluntaria y no es requisito llamar a la línea de ayuda. A esos efectos, explicó  que este servicio es ofrecido por enfermeros graduados que trabajan bajo la supervisión de doctores en medicina y que utilizan como guía unos algoritmos clínicos, creados por galenos basados en las prácticas vigentes de medicina. También señaló que la consulta telefónica de enfermería no es algo original, por no ser única en esta jurisdicción.

Asimismo, el Sub-Procurador del Paciente, doctor Francisco Vargas, compartió sus preocupaciones sobre la propuesta al momento de implementarla. Explicó que “este requerimiento conlleva un elemento de costo y otro de disponibilidad del recurso humano, que van a afectar que tal servicio se pueda proveer sin encarecer los costos y asegurando que haya los recursos para tal servicio. En el aspecto ético, de exponer a un médico licenciado a emitir su criterio clínico mediante comunicación telefónica, y sin el privilegio de poder tener al paciente de manera presencial, sería un riesgo”.

A preguntas de la representante Méndez Silva, el Sub-Procurador le informó que no se han formulado querellas ante su colectividad por el servicio de “teleconsulta”.

De otra parte, la licenciada Deborah Castillo, de la Oficina del Comisionado de Seguros, señaló que la medida no presenta que actualmente exista un problema en torno a la calidad del servicio ofrecido por el profesional de enfermería que provee la orientación, ni una restricción en el acceso a los servicios médicos que reciben los pacientes.

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